Protección de los trabajadores
Al igual que hay buenas y malas personas, hay empresarios que se preocupan por cumplir con todas las normativas además de cuidar de sus trabajadores adecuadamente, pero hay otros que se aprovechan de ellos y "miran para otro lado" con algunos temas. Por ello, para proteger a los trabajadores y que estos puedan consultar sus derechos o deberes, existen 3 documentos imprescindibles: el Estatuto de los Trabajadores, el Convenio Colectivo y el contrato de trabajo.
Por ejemplo, sobre el tema de las vacaciones:
- El Convenio Colectivo indica que el trabajador tiene 30 días hábiles de vacaciones (casi 40 días).
- El Estatuto de los Trabajadores indica que el trabajador tiene 30 días naturales de vacaciones.
- En el contrato de trabajo que se firmó había una claúsula en la que ponía que se renuncia a tener vacaciones.
Entonces, para proteger al trabajador respecto a lo que indica el contrato, tanto el Convenio Colectivo como el Estatuto de los Trabajadores indican que sí que se tiene derecho a vacaciones y, de hecho, el trabajador no puede renunciar a ellas debido al principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, aunque sea voluntariamente. Por tanto, esa cláusula de no vacaciones que se firmó no es válida. Además, existe un principio de norma más favorable para el trabajador, que en este caso sería el Convenio Colectivo, que indica que el trabajador tiene derecho a 30 días hábiles de vacaciones.
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