Causas de suspensión (7-12)
En esta entrada continuaremos con las causas de suspensión:
7. Fuerza mayor temporal: sí se reseserva el puesto de trabajo. En ciertos casos sí se perciben retribuciones: las prestaciones por desempleo.
8. Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción: aquí entran en juego los ERTE (puede ir seguido de ERE, y conlleva la extinción de contrato colectivo). Hay reseserva del puesto y hay retribuciones: prestaciones por desempleo.
9. Excedencia forzosa. La excedencia forzosa puede ser:
- Forzosa pública. Sucede cuando eres escogido para un cargo público o sindical y tu trabajo es otro. Hay cómputo de antigüedad, pero puede haber o no retribuciones.
- Cuidado de hijos o familiares.
- Voluntaria. No hay reserva del puesto, pero tiene preferencia en las vacantes que pudiera haber. No hay seguridad de reincorporarse. No se perciben retribuciones. En caso de poder volver a la empresa, lo haría con la antigüedad que tenía antes, ya que la excedencia no suma antigüedad.
10. Ejercicio del derecho a huelga. Se reserva el puesto de trabajao. La huelga debe ser legal. No hay retribuciones.
11. Cierre lagal de la empresa. Por una serie de circunstancias, la empresa cierra legalmente, como huna huelga, y esto afecta a todos los trabajadores del centro de trabajo. Es de carácter temporal. Hay reserva del puesto, pero no retribuciones.
12. Decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género. Se puede reacomodar la jornada de la trabajadora, suspender el contrato... con el fin de protegerla contra el agresor. Hay reserva del puesto de trabajo y retribuciones por desempleo.
Comentarios
Publicar un comentario